Los derechos políticos ¿Son iguales para todos?

“El sufragio universal significa, en principio, que todo ser humano tiene el derecho a votar”

Estos días asistimos a una acción de gobierno del estado español, que usa el peso de las leyes y los aparatos del estado para reprimir el deseo de votar un referéndum de secesión unilateral en Catalunya. Se hace de manera abusiva y con desproporcionalidad, pero el gobierno de Rajoy, prefiere esa vía, la del “autoritarismo” y la “represión”, a la vía del diálogo político, del debate y de la búsqueda de un consenso donde todas las partes sienten que ganan.

… el gobierno de Rajoy, prefiere … el “autoritarismo” y la “represión”, a la vía del diálogo político, del debate y de la búsqueda de un consenso donde todas las partes sienten que ganan

Son muchas las voces que reclaman modificar una carta magna que después de 40 años se presenta como obsoleta e insuficiente para satisfacer las exigencias políticas de una parte importante del pueblo español. Muchos no la votamos y no estamos de acuerdo con parte de su contenido, como es el caso de la institución de la monarquía, impuesta por el franquismo y que nos gustaría poder modificar y votar.

¿Qué mal hay en votar lo que las personas demanden, si lo que se demanda está en el marco del respeto a los derechos humanos consensuados?

¿Qué mal hay en votar lo que las personas demanden, si lo que se demanda está en el marco del respeto a los derechos humanos consensuados?

Por otro lado, en el marco del “procés” hemos visto como la “LLEI 20/2017, del 8 de setembre, de transitorietat jurídica i fundacional de la República[1]” también se ha decidido y realizado desde el “autoritarismo“. Ya que se ha abusado de las prerrogativas que otorgan las instituciones catalanas, y se ha aprobado la ley, sin las garantías habituales de la tramitación legislativa y en contradicción jurídica con la Constitución Española y el propio Estatut de autonomía. Pero ese “autoritarismo” no se cuestiona estos días, pues ha sido solapado por la violencia institucional del gobierno central.

Como toda carta fundacional de un estado, esta define al pueblo, y la ley de transitoriedad aprobada, lo hace de manera “continuista“, e indica a través del artículo 7 que en definitiva son catalanes aquellos convecinos de Catalunya que tienen la nacionalidad española.

Este artículo llama la atención, pues en Catalunya viven más de un millón de personas que no reúnen esa condición y que participan también de la construcción del bien común que disfrutamos todos.

Es cierto, que en el artículo 8 se da una novedad importante en relación al tiempo necesario para conseguir la futura hipotética nacionalidad catalana y que según Oriol Amorós, secretario de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía, de la Generalitat de Catalyunya beneficiará hasta 825.000 personas[2] que han residido de manera legal en Catalunya durante 5 años. Un aspecto que ha sido defendido por el diputado de la CUP Benet Salellas, en la presentación de la Ley, que ha señalado que en comparación con la ley de extranjería española, la ley catalana facilitará la adquisición de la nacionalidad y además no hace las distinciones “extremadamente racistas” que si hace la ley española; que distingue “entre comunitarios y no comunitarios, y entre estos segundos, entre los que vienen de excomunidades españolas y los que no“.

… la ley catalana facilitará la adquisición de la nacionalidad y además no hace las distinciones “extremadamente racistas” que si hace la ley española

Pero es en relación a los derechos políticos, donde esta ley es contradictoria con algunos de los lemas de este “procés” que se postula como popular, desobediente ante la injusticia y a la vez democrático.

Esta ley no ha considerado a todas las personas –convecinas también– que viven aquí, sumando y contribuyendo a construir la cultura y la riqueza de este país, por lo tanto no las representa, y las excluye de la ciudadanía.

El artículo 26 deja bien claro que el derecho a sufragio es solo para las personas consideradas catalanas, por la misma ley, es decir las personas españolas residentes en Catalunya, tal y como queda definido en el artículo 7.

Así pues, este “procés” que se postula desobediente ante las leyes consideradas injustas que han impedido hasta ahora que el pueblo de Catalunya exprese su voluntad, es a su vez injusto al no desobedecer los límites de ciudadanía que ya definía la normativa anterior. La ley de transitoriedad impide “legalmente” los derechos políticos de muchas personas que viven en Catalunya, al igual que lo hace el gobierno de Rajoy con sus medidas represivas.

La ley de transitoriedad impide “legalmente” los derechos políticos de muchas personas que viven en Catalunya, al igual que lo hace el gobierno de Rajoy con sus medidas represivas.

Algo tan importante como una “secesión”, afectará a todo el mundo que viva en Catalunya, sea cual sea su situación administrativa. Por ello si el “procés” aspirara realmente a garantizar y mejorar la “justicia social”, aspirara a ser realmente popular y democrático y también desobediente a las leyes injustas, debiera haber observado a todas las personas que viven en Catalunya, de manera igual y con los mismos derechos.

… si el “procés” aspirara realmente a garantizar y mejorar la “justicia social”, aspirara a ser realmente popular y democrático y también desobediente a las leyes injustas, debiera haber observado a todas las personas que viven en Catalunya, de manera igual y con los mismos derechos

No es descabellado pensar que algo así hubiera sido posible, la Comisión de Venecia en el apartado 1.1 del documento “código de buenas prácticas para referendos[3]” dice bellamente que “El sufragio universal significa, en principio, que todo ser humano tiene el derecho a votar” aunque luego lo matice o condicione a la edad, nacionalidad y residencia.

En relación al condicionante que nos interesa, el de nacionalidad, el documento es suficientemente amplio y ambiguo para servir de base para incluir a las personas residentes en Catalunya, que no tienen la nacionalidad española.

Estos días vemos como en las movilizaciones por el referéndum del 1-Oct, se invocan los “derechos fundamentales políticos” y se denuncia al Estado de vulnerarlos. Paradójicamente, se obvia, que el propio “procés” en su diseño, ya ha negado a muchas de las personas que viven en Catalunya, esos derechos fundamentales, y también lo ha hecho de manera “autoritaria“.

… el propio “procés” en su diseño, ya ha negado a muchas de las personas que viven en Catalunya, esos derechos fundamentales, …

Porque en realidad aquellos que han impulsado y definido el “procés”, lo han diseñado viciado, pensando en ellos mismos y en los privilegios de sus expectativas, exactamente igual que hacen aquellos que construyen el relato de la “Unidad de España“.

Ibrahim Miguel Ángel Pérez (Coordinador y portavoz de Musulmanes contra la Islamofobia)

[1] http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&mode=single&documentId=796643&language=ca_ES

[2] http://www.naciodigital.cat/noticia/139020/fins/825000/immigrants/obtindrien/nacionalitat/catalana/si/si/imposa/1-o

[3] http://www.venice.coe.int/webforms/documents/default.aspx?pdffile=CDL-AD(2007)008rev-spa